5/03/2017

LAS REGLAS DEL DOUBLE JEOPARDY (NON BIS IN IDEM) EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Por Antonio Pacilio
El “double jeopardy” encuentra respaldo en la quinta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América.
La finalidad de la cláusula constitucional del “double jeopardy” es desconocer atribuciones del Estado para oprimir a los individuos a través del abuso del proceso criminal.
Sin embargo, no existe un principio que permita determinar cuando un nuevo procedimiento a un acusado deviene agresivo en los términos del “double jeopardy”. Sobre el punto, se impone hacer un balance de los intereses y derechos contrapuestos de los individuos y la sociedad.
La Suprema Corte de Estados Unidos ha considerado tradicionalmente que la cláusula del “double jeopardy” protege tres intereses del acusado: a verse libre de ulteriores procesamientos; a obtener una sentencia definitiva; y a que todo el juicio tramite ante el primer tribunal que ha intervenido.
Empero los intereses del acusado no son absolutos y deben ser contrapesados con los que tiene el Estado en aplicar las leyes penales.
La Suprema Corte de Estados Unidos ha reconocido reiteradamente que esa necesidad social se satisface garantizando a la comunidad el derecho a contar con una oportunidad para demostrar la culpabilidad del acusado, mediante un proceso único, completo e inmaculado. En otras palabras, se garantiza al acusado que no será procesado nuevamente cuando se haya completado un proceso libre de vicios, pero cuando estos últimos privan a la sociedad de su derecho a intentar demostrar la culpa, se aplican ciertas reglas bien arraigadas del “double jeopardy” conforme a las cuales casi siempre se puede reiterar el proceso (1).
Tanto el desarrollo como la eventual compatibilidad de estas reglas con nuestro derecho interno excede los límites de estas líneas, serán los jueces quienes tendrán la oportunidad de expedirse al respecto ante cada caso concreto.

(1) BIERSCHBACH, Rick A., “One bite at the apple: Reversals of convictions tainted by prosecutorial misconduct and the ban on double jeopardy”, en Michigan Law Review, vol. 94, nro. 5, marzo de 1996.

Antonio Pacilio es juez de la Cámara Federal de La Plata

Fuente: www.cij.com

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